{"id":3483,"date":"2021-08-24T10:43:12","date_gmt":"2021-08-24T10:43:12","guid":{"rendered":"https:\/\/web.sanjuan.gob.ar\/capacitacion\/?page_id=3483"},"modified":"2021-08-24T14:38:11","modified_gmt":"2021-08-24T14:38:11","slug":"modulo-2","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/web.sanjuan.gob.ar\/capacitacion\/modulo-2\/","title":{"rendered":"Modulo 2"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"2561\" height=\"538\" src=\"https:\/\/web.sanjuan.gob.ar\/capacitacion\/wp-content\/uploads\/sites\/14\/2021\/08\/banermica-1.png\" alt=\"\" \/><br \/>\n\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t<img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"300\" height=\"33\" src=\"https:\/\/web.sanjuan.gob.ar\/capacitacion\/wp-content\/uploads\/sites\/14\/2021\/08\/linea1-300x33.png\" alt=\"\" \/>\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t<\/p>\n<h1>M\u00d3DULO II<\/h1>\n<h2>Violencia de G\u00e9nero<\/h2>\n<h2>SEXO &#8211; G\u00c9NERO<\/h2>\n<p dir=\"ltr\">Se entiende por violencia de g\u00e9nero a toda agresi\u00f3n en una situaci\u00f3n de desigualdad en el marco de un sistema de dominaci\u00f3n de los hombres sobre las mujeres. Hasta no hace mucho, la violencia de g\u00e9nero era consideraba un asunto familiar, que no deb\u00eda trascender afuera \u00e9l. La no intervenci\u00f3n, en tanto la violencia de g\u00e9nero como un asunto privado, reforzaba la situaci\u00f3n de subordinaci\u00f3n de las mujeres respecto de los hombres, implicaba asumir las relaciones de poder hist\u00f3ricamente desiguales entre ambos, legitimando al hombre a mantener un estatus quo de la dominaci\u00f3n de la violencia. Contribuyendo a que la mujer no denuncie, por miedo, verg\u00fcenza o por un sentimiento de culpabilidad.<\/p>\n<p dir=\"ltr\">En nuestro pa\u00eds Ley Nacional N\u00b0 26.485 de Protecci\u00f3n Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en los \u00c1mbitos en que Desarrollen sus Relaciones Interpersonales define en su art\u00edculo cuatro a la violencia de g\u00e9nero o violencia contra las mujeres, de la siguiente manera: \u201c Se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, por acci\u00f3n u omisi\u00f3n, basada en razones de g\u00e9nero que, de manera directa o indirecta, tanto en el \u00e1mbito p\u00fablico como en el privado basada en una relaci\u00f3n desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad f\u00edsica, psicol\u00f3gica, sexual, econ\u00f3mica o patrimonial, participaci\u00f3n pol\u00edtica, como as\u00ed tambi\u00e9n su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes.<\/p>\n<p dir=\"ltr\">Se considera violencia indirecta, a los efectos de la presente ley, toda conducta, acci\u00f3n, omisi\u00f3n, disposici\u00f3n, criterio o pr\u00e1ctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al var\u00f3n.\u201d<em>\u00a0Seg\u00fan modificaci\u00f3n por Ley Nacional N\u00b0 27.533)<\/em><\/p>\n<h2>Tipos de Violencia de G\u00e9nero<br \/>\n<\/h2>\n<p dir=\"ltr\">La violencia contra las mujeres es un problema social grav\u00edsimo, qu\u00e9 est\u00e1 arraigado en nuestra sociedad, que va desde las conductas m\u00e1s normalizadas como el chiste o la burla, pero que puede llevar a consecuencias que pueden ser fatales y muchas veces letales.<\/p>\n<p dir=\"ltr\">Puede adoptar diversas formas y manifestarse en episodios aislados o todo el tiempo. No siempre involucra maneras f\u00edsicas, muchas veces produce el mismo da\u00f1o pero se manifiesta en forma verbal.<\/p>\n<p dir=\"ltr\">La Ley Nacional N\u00b026.485 y su Modificatoria Ley Nacional N\u00b0 27.533, en su Art\u00edculo Quinto establece los\u00a0<strong>Tipos de violencia de g\u00e9nero:<\/strong><\/p>\n<p dir=\"ltr\"><strong>1-\u00a0<\/strong><strong>Violencia f\u00edsica<\/strong>: la que se emplea contra el cuerpo de la mujer produciendo dolor, da\u00f1o o riesgo de producirlo y cualquier otra forma de maltrato, agresi\u00f3n que afecta su integridad f\u00edsica.<\/p>\n<p dir=\"ltr\">Esta es la violencia m\u00e1s visible, el da\u00f1o que produce puede ser temporal o permanente. Puede llegar a la muerte.<\/p>\n<p dir=\"ltr\"><strong>2-\u00a0<\/strong><strong>Violencia Psicol\u00f3gica<\/strong>: la que causa da\u00f1o emocional y disminuci\u00f3n de la autoestima o perjudica y perturba el pleno desarrollo personal o que busca degradar o controlar sus acciones, comportamientos, creencia y decisiones, mediante amenaza, acoso, hostigamiento, restricci\u00f3n, humillaci\u00f3n, deshonra, descr\u00e9dito, manipulaci\u00f3n, alistamiento. Incluye tambi\u00e9n la culpabilizaci\u00f3n, vigilancia constante, exigencia de obediencia, sumisi\u00f3n, coerci\u00f3n verbal, persecuci\u00f3n, insulto, indiferencia, abandono, celos excesivos, chantaje, ridiculizaci\u00f3n, explotaci\u00f3n y limitaci\u00f3n de los derechos de circulaci\u00f3n o cualquier otro medio que cause perjuicios a la salud psicol\u00f3gica y a la autodeterminaci\u00f3n.<\/p>\n<p dir=\"ltr\">Este tipo de maltrato es m\u00e1s com\u00fan de lo que nos pod\u00edamos imaginar. Son actos que causan da\u00f1os emocionales y psicol\u00f3gicos a las v\u00edctimas. Hablamos de actos como insultos, burlas, los gritos y las amenazas. El maltrato psicol\u00f3gico es el m\u00e1s dif\u00edcil de detectar, lleva a que la v\u00edctima viva con miedo, sola, sin esperanza. Pensando que nadie la puede ayudar. Puede ocasionar depresi\u00f3n e incluso la muerte.<\/p>\n<p dir=\"ltr\"><strong>3<\/strong><strong>&#8211; Violencia sexual<\/strong><strong>:<\/strong>\u00a0cualquier acci\u00f3n que implique la vulneraci\u00f3n en todas sus formas, con o sin acceso genital, del derecho de la mujer de decidir voluntariamente a cerca de su vida sexual o reproductiva a trav\u00e9s de amenazas, coerci\u00f3n, uso de la fuerza o intimidaci\u00f3n, incluyendo la violaci\u00f3n dentro del matrimonio o de otras relaciones vinculares o de parentesco, exista o no convivencia, as\u00ed como la prostituci\u00f3n forzada, explotaci\u00f3n, esclavitud, acoso, abuso sexual y trata de mujeres.<\/p>\n<p dir=\"ltr\">Cuando la mujer tiene una relaci\u00f3n sexual sin dar su consentimiento, o lo otorga despu\u00e9s de sufrir amenazas e intimidaciones. El tipo de violencia sexual m\u00e1s evidente es la violaci\u00f3n, tambi\u00e9n se produce violencia sexual dentro de las parejas.<\/p>\n<p dir=\"ltr\"><strong>4-\u00a0<\/strong><strong>Violencia econ\u00f3mica y patrimonial<\/strong><strong>:\u00a0<\/strong>la que se dirige a ocasionar un menoscabo en los recursos econ\u00f3micos o patrimoniales de la mujer, a trav\u00e9s de: a) la perturbaci\u00f3n de la posesi\u00f3n, tenencia o propiedad de sus bienes<\/p>\n<p dir=\"ltr\">b) la p\u00e9rdida, sustracci\u00f3n, destrucci\u00f3n, retenci\u00f3n o distracci\u00f3n indebida de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales.<\/p>\n<p dir=\"ltr\">c) la limitaci\u00f3n de los recursos econ\u00f3micos destinados a satisfacer sus necesidades o privaci\u00f3n de los medios indispensables para vivir una vida digna.<\/p>\n<p dir=\"ltr\">d) la limitaci\u00f3n o control de sus ingresos, as\u00ed como la percepci\u00f3n de un salario menor por igual tarea dentro de un mismo lugar de trabajo.<\/p>\n<p dir=\"ltr\">Cuando el maltratador nos impide acceder a nuestro dinero, o a nuestros recursos. Ejemplos: que nos coaccionen para no trabajar, que nos controlen las tarjetas de cr\u00e9dito.<\/p>\n<p dir=\"ltr\"><strong>5<\/strong><strong>&#8211; Violencia simb\u00f3lica<\/strong>: la que a trav\u00e9s de patrones estereotipados, mensajes, valores, iconos, o signos transmita y reproduzca dominaci\u00f3n, desigualdad y discriminaci\u00f3n, en las relaciones sociales naturalizando la subordinaci\u00f3n de la mujer en la sociedad.<\/p>\n<p dir=\"ltr\"><strong>6- Violencia Pol\u00edtica:<\/strong>\u00a0La que se dirige a monoscabar , anular, impedir, obstaculizar o restringir la participaci\u00f3n pol\u00edtica de la mujer, vulnerando el derecho a una vida pol\u00edtica libre de violencia y\/o el derecho a participar en los asuntos p\u00fablicos y pol\u00edticos en condiciones de igualdad con los varones. (<em>Seg\u00fan modificaci\u00f3n por Ley Nacional N\u00b0 27.533)<\/em><\/p>\n<h2>Modalidades de la violencia de g\u00e9nero<br \/>\n<\/h2>\n<p dir=\"ltr\">La Ley Nacional N\u00b026.485 y su Modificatoria por las Leyes Nacionales N\u00b0 27.501 y 27.533, en su Art\u00edculo Sexto establece las modalidades<strong>\u00a0<\/strong>de la violencia de g\u00e9nero, y dice que son las formas en que se manifiestan los distintos tipos de la violencia contra las mujeres en los diferentes \u00e1mbitos, quedando especialmente comprendidas las siguientes:<\/p>\n<p dir=\"ltr\"><strong>a)\u00a0<\/strong><strong>violencia dom\u00e9stica contra las mujeres<\/strong>: aquella ejercida contra las mujeres por un integrante del grupo familiar, independientemente del espacio f\u00edsico donde esta ocurra, que da\u00f1e la dignidad, el bienestar, la integridad f\u00edsica, psicol\u00f3gica, sexual, econ\u00f3mica o patrimonial, la libertad, comprendiendo la libertad reproductiva y el derecho al pleno desarrollo de las mujeres. Se entiende por grupo familiar el originado en el parentesco sea por consanguinidad o por afinidad, el matrimonio, las uniones de hecho y las parejas o noviazgos. Incluye las relaciones vigentes o finalizadas, no siendo requisito la convivencia.<\/p>\n<p dir=\"ltr\"><strong>b) v<\/strong><strong>iolencia Institucional contra las Mujeres<\/strong>: aquella realizada por las\/los funcionarias\/os , profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier \u00f3rgano, ente o instituci\u00f3n p\u00fablica, que tenga como fin retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres tengan acceso a las pol\u00edticas p\u00fablicas y ejerzan los derechos previstos en esta ley. Quedan comprendidas, adem\u00e1s, las que se ejercen en los partidos pol\u00edticos, sindicatos, organizaciones empresariales, deportivas, de la sociedad civil.<\/p>\n<p dir=\"ltr\"><strong>c)\u00a0<\/strong><strong>Violencia laboral contra las mujeres<\/strong>: aquella que discrimina a las<strong>\u00a0<\/strong>mujeres en el \u00e1mbito del trabajo p\u00fablicos o privados y que obstaculiza su acceso al empleo, contrataci\u00f3n, asenso, estabilidad, o permanencia en el mismo, exigiendo requisitos sobre estado civil, maternidad, edad, apariencia f\u00edsica o la realizaci\u00f3n de test de embarazo. Constituye tambi\u00e9n violencia contra las mujeres en el \u00e1mbito laboral quebrantar el derecho de igual remuneraci\u00f3n por igual tarea o funci\u00f3n. Asimismo, incluye el hostigamiento psicol\u00f3gico en forma sistem\u00e1tica sobre una determinada trabajadora con el fin de lograr su exclusi\u00f3n laboral.<\/p>\n<p dir=\"ltr\"><strong>d)<\/strong><strong>\u00a0violencia contra la libertad reproductiva<\/strong>: aquella que vulnera el derecho de las mujeres a decidir libre y responsablemente el n\u00famero de embarazos o el intervalo entre los nacimientos, de conformidad con la Ley N\u00ba 25673 de Creaci\u00f3n del Programa Nacional de Salud sexual y Procreaci\u00f3n Responsable.<\/p>\n<p dir=\"ltr\"><strong>e)<\/strong><strong>\u00a0violencia obst\u00e9trica<\/strong>: aquella que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, abuso de medicaci\u00f3n y patologizaci\u00f3n de los procesos naturales de conformidad con la Ley N\u00ba 25929.<\/p>\n<p dir=\"ltr\"><strong>f)\u00a0<\/strong><strong>Violencia medi\u00e1tica contra las mujeres<\/strong><strong>:<\/strong>\u00a0aquella publicaci\u00f3n o difusi\u00f3n de mensajes e im\u00e1genes estereotipadas a trav\u00e9s de cualquier medio masivo de comunicaci\u00f3n, que de manera directa o indirecta promueva a la explotaci\u00f3n de mujeres o sus im\u00e1genes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como as\u00ed tambi\u00e9n la utilizaci\u00f3n de mujeres , adolescentes y ni\u00f1as en mensajes e im\u00e1genes pornogr\u00e1ficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres.<\/p>\n<p dir=\"ltr\"><strong>g)<\/strong><strong>\u00a0Violencia contra las mujeres en el espacio p\u00fablico<\/strong>: aquella ejercida contra las mujeres por una o m\u00e1s personas, en lugares p\u00fablicos o de acceso p\u00fablico, como medios de transporte o centros comerciales, a trav\u00e9s de conductas o expresiones verbales o no verbales, con connotaci\u00f3n sexual, que afecten o da\u00f1en su dignidad, integridad, libertad, libre circulaci\u00f3n o permanencia y\/o generen un ambiente hostil u ofensivo<em>. (Seg\u00fan modificaci\u00f3n por Ley Nacional N\u00b0 27.501)<\/em><\/p>\n<p dir=\"ltr\"><strong>h) Violencia p\u00fablica-pol\u00edtica contra las mujeres<\/strong>: aquella que, fundada en razones de g\u00e9nero, mediando intimidaci\u00f3n, hostigamiento, deshonra, descr\u00e9dito, persecuci\u00f3n, acosos y\/o amenazas,,impida o limite el desarrollo propio de la vida pol\u00edtica o el acceso a derechos deberes pol\u00edticos, atentando contra la normativa vigente en materia de representaci\u00f3n pol\u00edtica de las mujeres , y\/o desalentando o menoscabando el ejercicio pol\u00edtico o la actividad pol\u00edtica de las mujeres, pudiendo ocurrir en cualquier espacio de la vida p\u00fablica y pol\u00edtica, tales como instituciones estatales, recintos de votaci\u00f3n, partidos pol\u00edticos, organizaciones sociales, asociaciones sindicales, medios de comunicaci\u00f3n, entre otros. (<em>Seg\u00fan modificaci\u00f3n por Ley Nacional N\u00b0 27.533)<\/em><\/p>\n<h2>C\u00cdRCULO O ESPIRAL DE LA VIOLENCIA<br \/>\n<\/h2>\n<p dir=\"ltr\">El c\u00edrculo de la violencia es un concepto desarrollado por la psic\u00f3loga norteamericana Lenore E. Walker, quien, en su obra \u00abThe Battered Woman\u00bb, plante\u00f3 que la violencia contra las mujeres aumenta de forma c\u00edclica o en espiral ascendente, especialmente la ejercida por sus parejas. De acuerdo con la autora, existen tres fases en este ciclo ascendente, que son:<\/p>\n<p dir=\"ltr\"><strong>1\u00b0-Fase de acumulaci\u00f3n de tensi\u00f3n:<\/strong>\u00a0Se caracteriza por una escalada gradual de la fricci\u00f3n y los conflictos en la pareja. El hombre violento expresa hostilidad, pero no en forma explosiva (insinuaciones, sarcasmo, menosprecios, ira contenida, entre otras) La mujer intenta calmar, complacer o evitar las molestias a su agresor, tratando de controlar la situaci\u00f3n.<\/p>\n<p dir=\"ltr\"><strong>2\u00b0-Fase de agresi\u00f3n o estallido de la violencia:<\/strong>\u00a0Es en este momento en que se hace totalmente visible la agresi\u00f3n\u00a0(agresiones verbales, ataques f\u00edsicos o sexuales por parte del agresor),\u00a0la mujer tiene pruebas para denunciar y motivaci\u00f3n para solicitar ayuda y terminar el abuso, sin embargo, el temor puede impedir que \u00e9sta tome las acciones pertinentes.<\/p>\n<p dir=\"ltr\"><strong>3\u00b0-Fase de arrepentimiento, m\u00e1s conocida como \u201cluna de miel\u201d:<\/strong>\u00a0El hombre violento suele mostrar arrepentimiento y pedir perd\u00f3n, hace promesas de cambio y muestra afecto exacerbado (muestra arrepentimiento, pide perd\u00f3n, llora y promete que no lo volver\u00e1 a hacer).\u00a0Tras el cambio aparente, la mujer puede justificar a su pareja y permanecer a su lado, pasando por alto el episodio violento. Si han denunciado suelen retirar la denuncia y justificar los hechos ante s\u00ed mismas y su c\u00edrculo cercano.\u00a0Muchas veces, el agresor incluso trata de influir sobre familiares y amigos para que convenzan a su pareja de que lo perdone. Muchas v\u00edctimas perdonan las agresiones por la idea o el deseo que tienen de que su pareja vaya a cambiar, y es por eso, que la tercera fase llega a ser la m\u00e1s peligrosa de todas, pues finalmente es la nueva oportunidad de que el ciclo se reproduzca nuevamente. Cada vez que se cierra un ciclo, la v\u00edctima pierde confianza en s\u00ed misma, y su autoestima va desapareciendo ante las agresiones de su pareja.\u00a0La reiteraci\u00f3n del ciclo aumenta la violencia espaciando los momentos conciliatorios y repitiendo la escalada.<\/p>\n<p dir=\"ltr\">Cuando una mujer est\u00e1 inmersa en el c\u00edrculo de la violencia, cree que la conducta de su pareja depende de su propio comportamiento, se siente responsable e intenta una y otra vez cambiar las conductas del maltratador. Sin embargo cuando observa que sus expectativas fracasan de forma reiterada, desarrolla sentimientos de culpa y verg\u00fcenza, adem\u00e1s se siente mal por no ser capaz de romper con la relaci\u00f3n y por las conductas que ella realiza para evitar la violencia; mentir, encubrir al agresor, tener contactos sexuales aunque no quiera, tolerar Incluso hasta el maltrato a sus hijos o hijas etc.<\/p>\n<p dir=\"ltr\">Con el paso del tiempo estos episodios se hacen m\u00e1s frecuentes y severos, se desarrollan s\u00edntomas depresivos, como la apat\u00eda, la indefensi\u00f3n y la desesperanza.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>M\u00d3DULO II Violencia de G\u00e9nero SEXO &#8211; G\u00c9NERO Se entiende por violencia de g\u00e9nero a toda agresi\u00f3n en una situaci\u00f3n de desigualdad en el marco de un sistema de dominaci\u00f3n de los hombres sobre las mujeres. 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