El Tribunal de Cuentas por Acta Especial N° 615/24, del día 8 de mayo del año 2024, resolvió lo siguiente:

I – Para aquellas reparticiones que hubieren solicitado prórroga para la presentación de la Cuenta General, intímese  para que, hasta el día 14 de junio del corriente año, procedan a la presentación de las Cuenta Generales y Especiales correspondientes al Ejercicio 2023, bajo formal apercibimiento de aplicación del Art. 3° Inc. “K”, acápite 2 de la Ley 1.100-E .

II – Para aquellas reparticiones que, a la fecha del presente decreto no hubieren realizado la presentación de la Cuenta General del Ejercicio Fiscal 2023, intimase a que procedan a su presentación hasta el día 31 de mayo del corriente año, bajo formal apercibimiento de aplicación del Art. 3° Inc. “K”, acápite 2 de la Ley 1.100-E