Se recuerda que las Cuentas Ejercicio 2023 deben ser presentadas al Tribunal dentro de los cuatro meses posteriores al cierre del respectivo ejercicio (C.P. Art 256) .

Se adjunta Estados Contables, Cuadros y Normas para presentación de las cuentas ejercicio 2023 Organismos Centralizados , Descentralizados, Empresas del Estado, otros Entes, etc.  (TdeC – Acta Especial 611/24). Municipios  ( TdeC – Acta 5683/19) .